Tuesday, May 23, 2006

Prevención y Corrección en Relaciones Humanas: la Aplicación de Procedimientos Realmente Eficientes

(Adaptado de Interacción Personal y Relaciones Humanas de H. Pauchard-Hafemann)

El examen de las interacciones binarias nos indica un principio general: no es conveniente hacer interacciones negativas porque una vez iniciado el encadenamiento negativo es muy difícil impedir su desarrollo. Y ello tiene consecuencias perjudiciales para todos los implicados. Porque quién se hace justicia habrá de esperar que el otro afectado se hará justicia a su vez...
Recordemos que, las interacciones, tanto positivas como negativas, pueden ser verdaderas (IV) o falsas (IF). Son verdaderas si existe la intención del actor de afectar negativamente al otro, y son falsas si la intención no existe, pero en este caso el otro supone que el actor tuvo la intención de maltratarlo. Todo esto aunque los hechos sean totalmente ajenos a la voluntad del actor (accidentes, desinformación, etc.). La evaluación que el afectado (el otro) haga de los hechos decide entonces su acción posterior.
Además, considerando que el efecto es definitorio en las reacciones de el otro, es necesario tener presente que en las interacciones frustras (IFr) el otro no tiene conocimiento de la interacción y ella por lo mismo no tiene efectos sobre su persona (al menos como interacción). Asimismo, que las interacciones parcialmente frustras (IPFr) aunque no hayan provocado efectos directos, sí son conocidas por el otro en cuanto a las intenciones del hechor y sus consecuencias son similares a las interacciones verdaderas.
De todas formas, las interacciones negativas verdaderas derivan de la convicción del sujeto que el otro es "malo" y debería ser eliminado en consecuencia. Se trata entonces de destruir, siempre que sea posible a quién se considera malo y en última instancia, el alejarse de él, de no existir la posibilidad de maltratarlo.
Es necesario entonces tener presente que el otro aparece malo, y genera en el sujeto o actor una disposición de acción que lleva a las interacciones negativas, en tres condiciones distintas:
1) Porque el otro ha desarrollado acciones lesivas para el sujeto, y que éste considera son de responsabilidad consciente de aquel (hechas con intención).
2) Porque el otro es responsable, en un pasado relativamente inmediato, en forma más o menos directa de situaciones de maltrato para el sujeto, e incluso, para otros ligados de una u otra forma a éste último (parientes amigos, etc.).
3) Porque el otro ha sido clasificado por el sujeto como perteneciente a grupos o categorías de individuos considerados malos.
Es decir, la interacción negativa si bien puede ser una búsqueda de hacerse justicia, aparece ligada íntimamente al habitual destruir o eliminar todo aquello que se considera "malo". El no ser siempre posible llevar a cabo estas acciones explicaría la existencia de una gradiente en ellas, comenzando con el provocar molestias menores en el otro hasta llegar al asesinato. Así , en el inicio de esta gradiente encontramos sólo acciones simbólicas o de carácter mágico que aumentan en dimensión en la medida en que avanzan hacia el extremo ya citado. Y el hacer sufrir se presenta como un equivalente simbólico de provocar la muerte, puesto que normalmente el asesinato se produce precisamente con procedimientos cruentos (que implican sufrimiento evidente para el asesinado). Este hacer sufrir es esencial en el maltrato-interacción-negativa ya que en esas circunstancias se posibilita un repertorio variadísimo de acciones que conducen a los resultados aludidos. Lo que es importante tener presente en el análisis de las interacciones binarias. No se trata de la conocida Ley de Talión: ojo por ojo, diente por diente, sino de un hacer que esté al alcance del actor y que ocasione maltrato al otro en la dimensión que corresponda...
Es de suma importancia en esta problemática el tener presente que normalmente las interacciones negativas falsas son las que generalmente inician los encadenamientos negativos, o en todo caso contribuyen a avivar el fuego en estos. Porque el otro (en un primer momento) se siente maltratado por el actor y acciona haciéndose justicia, es decir maltratando al primero (en un segundo momento), el que a su vez se hará justicia (en un tercer momento). Y así, sucesivamente. Conocimiento que es indispensable si se desea prevenir o corregir problemáticas de esta índole y hacer de la propia vida o de la vida de los grupos algo más amable y satisfactorio.
¿Que hacer entonces cuando se sufren interacciones negativas verdaderas o falsas, con el consiguiente maltrato personal, en vez de hacerse justicia?.
Evidentemente es necesario que quién desea no ingresar a un encadenamiento de interacciones negativas (y su desarrollo en espiral y las consecuencias peligrosas que pueden sobrevenir) controle sus propias interacciones negativas. Sin embargo, es legítimo y necesario el defenderse como persona y ello implica el realizar interacciones correctivas única forma de evitar las consecuencias negativas que nos ocupan. Indispensable para ello es el que la persona tenga plena conciencia de sus derechos como tal en las distintas situaciones sociales en que se encuentre y en las que esté recibiendo el maltrato de el otro.
No obstante, sucede con frecuencia que el evitar las interacciones negativas (hacerse justicia) para muchos es una indicación de "poner la otra mejilla". Acción que puede resultar muy contraproducente debido a que el hechor en esas condiciones rara vez se convence de la real intención de evitar el conflicto de parte del afectado. Entre muchas posibilidades, puede suponer que el otro esperará una oportunidad favorable para hacerse justicia y actuaría en el momento así en conciencia de su debilidad. Definitivamente, el poner la otra mejilla no es interacción correctiva, y si bien su aplicación persistente puede aplacar al agresor, la experiencia muestra que el que acepta mansamente ser maltratado desarrolla con frecuencia resentimientos (natural en cualquier ser humano) que tarde o temprano pueden concretarse en su propio hacerse justicia, muchas veces en forma extraordinariamente sofisticada y oculta con las consecuencias ya señaladas. Por lo demás, constatamos con cierta frecuencia que los que han soportado "pacientemente" interacciones negativas, en un determinado momento pierden el control y asistimos entonces a explosiones de cólera o, también, de violencia que puede llegar a extremos y otros estados afectivos.
Las interacciones correctivas son aquellas que impiden que la otra persona prosiga en sus interacciones negativas (verdaderas o falsas) pero, sin que el sujeto mismo mismo se haga justicia. Porque su objetivo es el de no seguir siendo perjudicado y, simultáneamente, el salvar la relación (y no el perjudicar al otro, como fin en si mismo). El otro en consecuencia debe saber que intención tiene el sujeto: la de actuar defendiéndose en forma que sea buena para todos los implicados incluyendo al hechor.
Recalquemos la diferencia: en una está presente sólo el interés por la propia persona (y el egoísmo consiguiente), en la otra se trata de defenderse salvando simultáneamente la relación. Lo que equivale a hacer algo bueno para los dos o más implicados y constituye una expresión de generosidad, que de ser reconocida será luego agradecida.
No olvidemos que al hacerse justicia se echan las bases para situaciones malas para el justiciero y el ajusticiado. Resulta entonces que la interacción correctiva es equiparable al egoísmo paradojal del ser humano, puesto que buscando su propia conveniencia hace bien a otros y satisface de paso el egoísmo de los otros. Por lo tanto, a los otros les conviene que cada cual se defienda y no, el uso de la justicia en la interacción.

PROCEDIMIENTOS DE INTERACCIÓN CORRECTIVA:
Es necesario tener presente que si bien podemos enunciar normas generales para las interacciones correctivas, también lo es el considerar que hay interacciones negativas específicas que requieren de procedimientos igualmente específicos de interacción correctiva, aparte que cada situación eventualmente hace necesarios procedimientos particulares.
De todas formas es útil el considerar los procedimientos generales más frecuentes de utilizar. Así, en las interacciones correctivas es posible distinguir varios pasos o etapas:
1) Lograr que el hechor de la IN tenga clara conciencia de lo hecho puesto que puede ser INF o que no tenga conciencia de la dimensión que tiene para la persona el maltrato recibido.
1º Mostrarle que se tiene plena conciencia del maltrato y esperar su reacción. O esperar sus acciones posteriores, si hay razones para suponer que recapacitará y pedirá disculpas o perdón (en un tiempo prudencial), especialmente si ha actuado en emergencia, puesto que es indispensable un diagnóstico de la situación antes de actuar. Al efecto, en algunos casos puede bastar un mirar con firmeza al hechor para que reaccione satisfactoriamente.
2º Clarificar con el hechor lo sucedido, precisando los motivos que tuvo, su particular representación tiene el otro de la situación y de lo que significaría para la persona el maltrato recibido. Preguntarle su opinión ("¿Que te parece todo esto?", "¿Te gustaría que te hicieran esto?").
Se trata de que reconozca o tome conocimiento de lo inadecuado de su interacción y de su dimensión (lo que significa para S). ("Tu hiciste 'esto`, ¿que te parece?... Esto a mi me molesta..."). Lo que se hará especialmente en el caso de que éste (el S) haya realizado anteriormente lo que para el otro (el hechor) resultó una interacción negativa falsa.
Por otra parte, en el caso de que haya respondido a una interacción negativa verdadera, el reconocimiento del error propio es importante en cuanto a suprimir la espiral negativa y debe preceder a la interacción correctiva. Lo cual implica incluso llegar a pedir perdón y la reparación correspondiente si ello es adecuado.
2) Mostrar la clara voluntad de defenderse y precisar los propios derechos que (el otro no tiene derecho a maltratar al sujeto, lo que implica el desarrollar una "conciencia" de respeto y consideración mutuos:
- "No estoy de acuerdo y espero que no se vuelva a repetir".
- "No tienes derecho a hacer esto...".
Esta solidez en la interacción debe ampararse en el orden social, es decir, en los derechos normales de la persona en la respectiva situación (relación de trabajo, de pareja, de amistad, etc.).
3) Clarificar de que se trata de salvar la relación. El sujeto puede (y le conviene) enunciar su intención de salvar la relación, es decir, precisar que sus esfuerzos están destinados no sólo a defenderse sino que a que la interacción se mantengan en los cauces positivos. Lo que significa que ello es bueno tanto para el sujeto como para el otro. Obviamente esto hace más posible el despertar la voluntad de éste de colaborar en la tarea de salvar la relación. La aproximación a esta propuesta es necesario hacerla ateniéndose estrictamente al contexto en que se den los hechos, por el riesgo de aparecer (en nuestra cultura) como ingenuo o quizás trastornado.
- "A ambos nos interesa que estemos bien... Veamos entonces que hacemos para estar bien..."
- "Yo no quiero que peleemos... o que estemos mal y supongo que tú tampoco... Estamos embarcados en el mismo bote, si esto no camina estamos mal los dos...".
Señalar los riesgos de la interacción negativa ("Si se repite, el riesgo es que peleemos...") ("así no se vive bien..."). En una relación de confianza es perfectamente posible explicarle a el otro lo que son las interacciones binarias y las consecuencias que ellas tienen para los implicados. Es decir, aportándole un conocimiento de este tipo se facilitará a el otro esforzarse en una dirección que es buena no sólo para él, sino para el sujeto que está tratando de hacer interacciones correctivas.
4) Si no hay resultados satisfactorios y el otro persiste en el maltrato, resulta muchas veces necesario recurrir a amenaza de sanciones o de represalias o advertir y precisar castigos determinados, según la situación. Esto le plantea al otro que no hay una intención de maltratar (no tiene un sentido de interacción negativa), y que es solamente un defender la propia persona como derecho legítimo. Y si el sujeto actúa en represalia o castigo, las consecuencias de ello son de responsabilidad exclusiva de el otro puesto que fue avisado anticipadamente ("fair play"), además de que fuera de hacer caso omiso a la advertencia no cumplió con las normas básicas de respetar los derechos del sujeto. Podemos decir que el otro en plena conciencia decidió correr el riesgo (dirían: "es su culpa").
- "Si se repite voy a tener que hacer algo...".
- "No quiero que se vuelva a repetir, y si sucede haré (tal cosa)"... Lo que es una advertencia ( y no confundir con la amenaza que lleva en sí la intención de venganza, a diferencia de la interacción correctiva).
En el caso de varias IN recurrentes es necesario precisar condiciones generales que permitan proseguir la relación en forma satisfactoria "para ambos o todos los implicados". Esto con frecuencia implica el necesario "llegar a acuerdos" que sean satisfactorios para las partes.
5) Cumplir siempre lo prometido y, de repetirse la interacción negativa, proceder invariablemente de la misma forma y sistemáticamente (no hacerlo significa que el hechor proseguirá de manera indefinida con lo inadecuado ...). Si es necesario habrá que aumentar la dimensión de las represalias enunciadas en la primera advertencia.
6) En el caso de presentarse dificultades que impiden desarrollar las acciones anteriores es conveniente el examinar la posible intervención de un tercero o intermediario que de garantías a ambas partes.
El gran punto de apoyo para hacer interacción correctiva es el orden social. Y el orden social se basa en la necesidad que todos y cada uno tienen de todos y que está implícito cuando se habla del bien común. Su base es la seguridad por respaldo social de todos y cada uno de los individuos en la sociedad o situación en que se trate y a la conciencia de tener un destino común ("estar embarcados en el mismo bote").
Por lo demás, la sociedad es el substrato en que se dan las interacciones. Así, los que interactúan tienen obligaciones con la sociedad conforme a su respectiva cultura (el orden social con sus normas y valores). Es decir, de partida los interactuantes tienen un marco que los encuadra y es la sociedad o grupo en que están integrados (no es posible hacer interacciones correctivas con aquellos que pertenecen a otras sociedades, con la excepción del aviso previo).
De todas formas, el intervenir frente a las interacciones negativas con interacciones correctivas se ha mostrado especialmente difícil de llevar a la práctica en la experiencia con consultoría individual y en los seminarios de capacitación en relaciones humanas. A pesar de que las personas comprenden la diferencia entre interacciones negativas e interacciones correctivas, en los hechos les resulta arduo llevar a la práctica las interacciones correctivas, incluso, los cursantes en ejercicios específicos encuentran con mucho esfuerzo las alternativas de interacción que se inscribirían dentro de las interacciones correctivas.
Parece ser que esto se debe a la filosofía operacional que reina en nuestra cultura cristiana occidental o simplemente, en la cultura chilena. Una falla evidente está en el olvido o desconocimiento de que todos los seres humanos tenemos derechos frente a los otros por el simple hecho de que en una u otra forma pertenecemos a la misma sociedad o grupo, incluso esto sucede con los desconocidos que enfrentamos en la calle.
El otro hecho que dificulta esta acción es el de la ideología individualista y egoísta presente en las relaciones humanas en estos ámbitos, y por lo mismo se enfrenta al otro como alguien para ser utilizado o para dejarlo a un lado o apartarlo de nuestro camino por su posible interferencia en nuestros propósitos.
Igualmente la no conciencia de que las personas se merecen respeto, por el puro hecho de ser persona, lleva a que sea muy difícil para éstas el poner en práctica las interacciones correctivas. De tenerla, ello se hace natural. Igualmente, el saberse o suponerse débil o con bajo valor social personal dificulta la aplicación de interacciones correctivas
Se hace entonces indispensable el llevar a la conciencia de quienes se capacitan en esta técnica o en su práctica el que tomen conciencia de que de partida todos tenemos derechos (nosotros mismos y los otros) y esto debe ser el parámetro o valor que enmarque nuestras interacciones. Lo que implica una disposición de acción en pro de defendernos como persona (y considerarlo legítimo y no algo extraño o inusual).
El otro elemento fundamental para el desarrollo de interacciones correctivas es el tomar plena conciencia de que de lo que se trata, para alcanzar el bien individual, es el bien común. Es decir, en las interacciones habrá que considerar que el otro también logre beneficios ("juntos ganamos más..."). Porque forzosamente si desarrollamos interacciones correctivas ese será el resultado para el otro y nosotros mismos, toda vez que mejorando la interacción se benefician todos los que estén implicados en ella y no solamente el que hace la interacción correctiva.
En consecuencia el problema radica en que no resulta satisfactorio para quién realice la interacción correctiva el considerar que el otro se beneficie. Toda vez que, habiendo sido maltratado, la disposición de acción es la de hacerse justicia y hacer que el otro también tenga un maltrato por lo menos equivalente. Lo que es precisamente contradictorio con lo que habría que hacerle bien ("cuando no se lo merece!!!...").
Se plantea entonces como perentorio el desarrollar previamente una convicción del valor del bien común. La conciencia de las ventajas del bien común se convierte así en un objetivo fundamental (en oposición al supuesto de que son buenos el individualismo y hedonismo y, como condición indispensable, la libertad individual).
Por lo demás, en el mundo y entre grupos es igualmente necesario un orden social que deje de lado la fuerza bruta y permita dar satisfacción a todos (sin perjuicios para otros, especialmente los más débiles). Lo que vale igualmente para los grupos dentro de las sociedades.
Antes de terminar, precisemos que es necesario hacer diagnóstico para actuar de manera eficiente. Ello implica el lograr la claridad necesaria respecto a la situación de maltrato de que se trate. Suponemos que en un futuro se desarrollará una tipificación de los procedimientos adecuados para las distintas variedades de ellas.
Y por último, todo lo planteado hasta aquí significa salirse de los cánones tradicionales en las relaciones humanas. Habrá que presuponer entonces las dificultades que enfrentarán los que opten por poner en práctica estas directivas.

CUATRO REGLAS EN RELACIONES HUMANAS
En un planteamiento especialmente preventivo, y aunque aparezca ilusorio, es posible lograr buenas relaciones humanas con el simple expediente de aplicar 4 reglas, tanto en relaciones interpersonales como en el hacer de los grupos. Estas son las siguientes:
1a. Respeto y consideración por el otro.
2a. Justicia y equidad.
3a. Espíritu de cuerpo
4a. Proceder mediante acuerdos (explícitos o implícitos).

La simplicidad de estas 4 reglas no tiene mayor relación con lo difícil que resulta su aplicación porque, siendo ellas abstracciones, tienen una distancia (común a todas las abstracciones) con los hechos efectivos. No obstante, están al alcance de cualquier persona con condiciones normales siempre que comprenda exactamente su sentido y sea consistente y persistente en su aplicación.
Ellas sirven en especial para evitar las interacciones negativas falsas que generalmente inician los encadenamientos negativos, o que en todo caso contribuyen a avivar el fuego de los encadenamientos negativos. De todas formas hay que evitar igualmente las interacciones negativas verdaderas.
Precisemos entonces el sentido de la 1a. regla: respetando al otro se evitan los posibles maltratos que se provocaría de proceder en contrario. Y lo mismo vale para el tener consideración con él. El respeto tiene relación directa con los derechos del otro, en cambio la consideración se refiere a aspectos o características más personales (estados de ánimo, limitaciones, recursos inadecuados, etc.) pudiendo haber entonces en ocasiones respeto por la persona pero no consideración por ella. Un ejemplo es el del jefe que obliga a una determinada tarea a un empleado para el cual este no está en condiciones anímicas en el momento, aunque correspondan a su función como tal.
En aplicación de la 2a regla evitamos las interacciones negativas más virulentas y de mayores dimensiones. Porque de continuo constatamos como los que viven injusticias reaccionan en forma extrema. Lo que hace pensar que una de las situaciones de maltrato más perturbadoras para los seres humanos son aquellas consideradas como injustas. Obviamente, las situaciones de injusticia no sólo se dan en los grupos o instituciones, igualmente son aquellas que llevan a los conflictos en las relaciones interpersonales (relaciones de amistad, relación de pareja, etc.). Recordemos que a nivel de sociedades ellas constituyen la base de las revoluciones y, a veces, de las guerras.
La 3a regla implica el desarrollar la conciencia de tener un destino común (de "estar embarcados en el mismo bote") y su corolario: la existencia de un bien común. Todo lo cual corresponde a la divisa de los Tres Mosqueteros: "Todos para uno y uno para todos". Recalquemos que la plena conciencia del destino común y del bien común son indispensables para que exista una disposición de acción en pro del bien común, y la consiguiente aceptación del adecuado orden social necesario para una vida de grupo, o de relaciones interpersonales que garanticen el superar conflictos o evitar enfrentamientos. A mayor espíritu de cuerpo, menor la posibilidad de interacciones negativas. Especialmente porque en esas circunstancias el otro o los otros son considerados buenos. Y por lo mismo se promueven las interacciones positivas.
Una regla de este tipo sin duda se opone frontalmente al individualismo y al consiguiente egoísmo ciego que constituyen actualmente valores importantes en la sociedad cristiana occidental. El libre mercado o la libre competencia no tienen relación ninguna con el bien común, sino con el de los más fuertes o más astutos.
En todo caso el individuo que se encuentre en un grupo en que efectivamente existe el espíritu de cuerpo no requerirá estar permanentemente con el arma al brazo, como sucede obviamente en aquellos en que el bien común no cuenta. Lo que se gana en los primeros corresponde a "slogans" tales como "La unión hace la fuerza" y "Juntos ganamos más". El tener plena conciencia de ellos significa para cada cual no sólo desarrollar esfuerzos sino que también sacrificios en aras del grupo y del bien común.
Finalmente, la 4a regla viene a ser el corolario de todas las anteriores. En efecto, si logramos acuerdos es porque estamos poniendo en práctica a todas ellas.
Vivir en acuerdos variados con los que convivimos o con aquellos que tenemos alguna relación es indispensable para vivir en paz, toda vez que si no los conseguimos nos veremos enfrentados continuamente a un sinfín de conflictos y a sus consecuencias. Todo acuerdo está ligado indefectiblemente a tomar en cuenta la voluntad de todos los implicados, salvaguardando así sus derechos y considerando sus intereses personales.
En efecto, el accionar mediante acuerdos lleva implícito el respeto y consideración por todos y cada uno de los que intervienen en ello. Asimismo, contribuye enormemente a evitar las situaciones de injusticia, toda vez que en una u otra forma se ha prestado atención a los intereses de todos lo implicados dejado en claro lo que es derechos de todos y cada uno, lo que es equitativo y lo que no, etc.
Llevan igualmente implícito el bien común, puesto que no es posible obtenerlos si no se desarrollan sobre la base de que todos "ganen". También implican libertad y no coerción (no uso de la fuerza, de amenazas y otros).Y por último, precisemos que se procede mediante acuerdos de dos formas distintas. Una es implícita y la otra es explícita. Esta última es fácilmente reconocible. Porque se declara en una u otra forma la voluntad o intención de viva voz o por escrito de buscar un acuerdo de todos los implicados.
El otro, y que no es fácil de reconocer, es el sinfín de acuerdos que constituye la cultura en cada grupo o sociedad. Porque por mucho que se diga en contrario, en una u otra forma la casi totalidad de los miembros de una sociedad se adecúan a las pautas ideales de conducta que conforman la cultura de esa sociedad. Y los protestatarios son normalmente muy escasos. Cuando los protestatarios aumentan, como sucede en la protesta femenina en la sociedad cristiana occidental, es porque ya no hay acuerdos tácitos debido a cambios que provocan disconformidades de sectores de algún peso en el medio de que se trate. Y precisamente la acción de los disconformes logra en distintas formas y a través de variados lapsos de tiempo el alcanzar acuerdos satisfactorios para todas las partes. Las distintas revoluciones en la historia nos lo muestran. Los progresos de las sociedades del norte de Europa apuntan en la misma dirección, como sucede en Suecia, Finlandia y otros países con régimenes democráticos ejemplares. Repitamos, si no hay acuerdos habrá conflictos o más claramente interacciones negativas con todas las consecuencias que ellas conllevan.
Es necesario tener presente que todo esto vale tanto dentro de grupos y sociedades como para las relaciones entre grupos y sociedades. Además son evidentemente aplicables en las relaciones interpersonales de la más variada índole (en el trabajo, en la vecindad, en ambientes alejados de la civilización en que circunstancialmente se encuentren seres humanos, etc.).
Sin embargo, cuando los problemas están vigentes estas reglas requieren el complemento de las interacciones correctivas. En efecto, aparte de las reglas antes mencionadas, los individuos particulares (y también los grupos y especialmente sus dirigentes) habrán de tener en consideración otros procedimientos que el de hacerse justicia si han sido sometidos previamente a interacciones negativas o si el otro aparece como "malo".

No comments: